Servicios

CONSTITUCIÓN Y MODIFICACIÓN DE SOCIEDADES COMERCIALES

Brindamos asesoramiento integral para constituir sociedades comerciales, inscribir administradores, realizar reformas, variaciones de capital, cesiones y trámites generales ante IGJ.

Alcance del servicio

Acompañamiento completo ante IGJ

El estudio interviene en la constitución de sociedades, inscripción de administradores, modificaciones societarias, reformas estatutarias, variaciones de capital, cesiones y trámites vinculados a sociedades comerciales.

También brindamos soporte a profesionales, contadores y abogados que requieren asistencia específica en trámites societarios.

Tipos societarios

Principales estructuras comerciales

Cada tipo societario tiene características propias. La elección depende de la cantidad de socios, el nivel de formalidad requerido, la forma de administración y los objetivos del negocio.

S.R.L.

Sociedad de Responsabilidad Limitada

  • Entre 2 y 50 socios.
  • Administración a cargo de uno o más gerentes.
  • Gerente con mandato indefinido.
  • No tiene capital mínimo.
  • Los socios limitan su responsabilidad.
  • La entrada o salida de un socio debe inscribirse.
  • Puede estipularse la no incorporación de herederos.
  • No presenta balances ante IGJ.
S.A.

Sociedad Anónima

  • Requiere 2 o más socios.
  • Administración con uno o más directores titulares y suplentes.
  • Renovación del directorio cada 3 años.
  • Capital mínimo: $30.000.000.
  • Los socios limitan su responsabilidad.
  • La entrada o salida de accionistas no requiere inscripción ante IGJ.
  • Presenta balances ante IGJ.
S.A.S.

Sociedad por Acciones Simplificada

  • Puede tener un solo socio.
  • Administración con un titular y un suplente.
  • Administrador con mandato indefinido.
  • Capital mínimo equivalente a 2 salarios mínimos vitales y móviles.
  • Los socios limitan su responsabilidad.
  • Estatuto y libros en formato digital.
  • La entrada o salida de socios no requiere inscripción ante IGJ.
S.A.U.

Sociedad Anónima Unipersonal

  • Está compuesta por un único socio.
  • El socio único toma las decisiones de la asamblea.
  • Los bienes personales del socio se encuentran protegidos.
  • Debe incluir “Sociedad Anónima Unipersonal” o “S.A.U.” en su denominación.
  • El capital debe integrarse al 100% al momento de la constitución.
  • Una SAU no puede constituir ni ser dueña de otra SAU.
  • Está sujeta a fiscalización estatal permanente.
  • Debe contar con directorio y sindicatura obligatoria.

FAQ

Preguntas frecuentes

¿Qué tipo de sociedad conviene constituir?

Depende de la cantidad de socios, el tipo de actividad, la forma de administración y las necesidades de cada proyecto. Analizamos cada caso para recomendar la estructura más conveniente.

¿Cuánto demora el trámite de constitución?

El plazo depende del tipo societario elegido y de los tiempos de procesamiento del organismo correspondiente, además de contar con toda la documentación requerida.

¿Puedo modificar una sociedad ya constituida?

Sí. Asesoramos en reformas estatutarias, cambios de autoridades, variaciones de capital, cesiones de participaciones y otros trámites societarios.

Consulta inicial

¿Qué tipo de sociedad conviene constituir?

Podemos analizar el caso concreto y orientar la elección de la estructura más adecuada según los socios, la actividad, la administración y las necesidades operativas.